Resumen:
Se tiene que el derecho de alimentos es considerado un derecho esencial
para cada persona, es por ello que se encuentra reguladas en muchas
legislaciones, entre ellas tenemos al Código Civil, al Código de Niños y
Adolescentes, y la Constitución Política del Perú ya que se constituye como
un derecho fundamental y natural; sin embargo para la Ley de Conciliación es
considerado como un derecho disponible, siendo la conciliación una salida
alternativa al proceso judicial que da la posibilidad a los padres por mutuo
acuerdo a pactar el monto a pasar por concepto de alimentos.
La cual presenta una exposición teórica del nivel de cumplimiento de los
acuerdos conciliatorios por la mayoría de los padres una vez firmado el acta
de conciliación extrajudicial.
Donde de la contrastación de la hipótesis y la discusión de resultados se llega
a la conclusión que la conciliación extrajudicial es un mecanismo muy rápido
y económico para solucionar los conflictos que versan sobre derecho
alimentario. Así mismo también se concluye que un gran porcentaje de las
personas que fueron invitados a conciliación cuentan con el ánimo y la
voluntad de que puedan llegar a un acuerdo satisfactorio para los niños y
adolescentes.
Finalmente, también se llegó a la conclusión que el año 2018 se celebraron
526 procedimientos conciliatorios entre los que estaban las actas con acuerdo
total, parcial entre otros.