Resumen:
La presente investigación asumió como objetivo general demostrar que cobertura de protección del resarcimiento económica prevista para el caso de “divorcio” por causal de separación de hecho puede ser ampliada a las demás causales de “divorcio” y “nulidad de matrimonio” como consagración de derechos fundamentales del “cónyuge perjudicado”; el diseño de la investigación fue no experimental, con un enfoque mixto cuantitativo y cualitativo, se utilizó una muestra de 174 abogados civilistas con especialidad en el área de familia, con más de dos años de experiencia, 39 cónyuges perjudicados, demás de7 jueces de familia y mixto, de primera instancia y superior de la Provincia de Coronel Portillo – Ucayali, seleccionados por muestreo probabilístico simple al azar y quienes fueron encuestados, además se contó con 148 casos de “divorcio” por causal y “nulidad de matrimonio” que durante el 2015 y 2016 se tramitaron en la Provincia de Coronel Portillo – Ucayali.
La intensificación de la cobertura de la “compensación económica” a favor del cónyuge afectado, además de casos de “divorcio” por causal de la separación de hecho hacia las demás causales, así como “nulidad de matrimonio”, que adquiere un fundamento en la solidaridad familiar y esta se basa en el Principio “Pro Homine”, permite la consagración de todos los derechos fundamentales de igualdad y dignidad humana frente a la ley, puesto que no sólo en estos casos existe un “cónyuge perjudicado” que debe ser compensado, puesto que la familia debe ser resguardada con los criterios de equidad, igualdad y no discriminación, así lo ha considerado el 100% de la muestra encuestada, tanto de abogados, jueces y cónyuges.