Resumen:
En el presente trabajo de investigación pretendo demostrar y exponer sobre la regulación actual y el desarrollo del acto de investigación previa conocido como “investigación administrativa previa” cuya ejecución está a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, órgano autónomo creado mediante la Ley 26702, para determinar la responsabilidad penal por la presunta comisión del delito de Lavado de Activos en el Distrito Judicial de Pasco, año 2017. Y es pues, resulta en un tema interesante, puesto que, conforme a su desenvolvimiento actual, la institución en mención se viene realizando de modo casi arbitrario y es que la regulación de la materia no permite la participación de otros sujetos procedimentales que no sean los funcionarios de la SBS y AFP, como el Oficial de Cumplimiento o los integrantes de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Y por otros “sujetos procedimentales” me refiero a los defensores, al Ministerio Público y al mismo investigado; y es que, de tal forma, se vulneran ciertos derechos fundamentales y especiales tales como “el derecho a la defensa” y el “derecho al debido procedimiento”. De esta forma, causa mucha extrañeza que el ordenamiento jurídico peruano en pleno siglo XXI tenga estas carencias legislativas y que, es de saber que el “derecho a la defensa” es una garantía propia de un Estado Constitucional de Derecho como pasaré a desarrollar más adelante. Y, al final del presente trabajo, es necesaria una regulación de la actuación y aplicación de la Investigación Administrativa Previa considerando que la misma es una herramienta fundamental para combatir a este fenómeno delictivo que es el delito de Lavado de Activos.