Resumen:
El estudio se desarrolló bajo el propósito de explicar si las lesiones leves
contempladas en el artículo 122°-B del Código Penal vulneran el principio de
lesividad en los procesos por violencia familiar en el 1° Juzgado de
Investigación Preparatoria de Huánuco año 2019. Con dicho propósito se
utilizó la investigación aplicada. Se trabajó desde el enfoque cuantitativo, así
como se utilizó el nivel descriptivo y explicativo. El diseño que se utilizó fue el
diseño no experimental – descriptivo simple. La muestra comprendió, 2
trabajadores a quienes se les aplicó el instrumento del Cuestionario y 65
expedientes tramitados por el 1° Juzgado de Investigación Preparatoria de
Huánuco, a quienes se les aplicó el instrumento de la matriz de análisis
documental. El artículo 122°-B del Código Penal es criticado por vulnerar el
principio de lesividad al establecer un estándar de lesividad demasiado bajo
para delitos de lesiones leves. Se ha demostrado que incluso con lesiones
que requieren menos de 10 días de descanso médico, se puede imponer una
sanción penal en casos de violencia familiar. Sin embargo, esto no se ajusta
al principio de lesividad, ya que la conducta en cuestión no vulnera ningún
bien jurídico protegido y solo se trata de un conflicto familiar o una mera
desobediencia. Por lo tanto, las lesiones leves por violencia familiar con
menos de 10 días de descanso médico no justifican la intervención punitiva
del Estado.