Resumen:
La presente investigación aborda el sensible tema relativo al derecho alimentario -esencialmente en lo tocante a las niñas, niños y adolescentes- que ante una amenaza o un efectivo incumplimiento por parte del obligado a la prestación alimentaria a favor del beneficiario, este tiene acción –a través de su madre en la mayoría de los casos- para iniciar en la vía civil una demanda de alimentos contra el obligado (padre o madre que incumple su obligación de prestar alimentos). Obtenida la sentencia favorable y de persistir la conducta negativa de éste, se produce el tránsito del proceso, del fuero civil al fuero penal, que acontece cuando el juez civil que conoció la demanda de alimentos, remite los actuados pertinentes e imprescindibles a la Fiscalía Provincial penal de turno, denunciando al obligado por la presunta comisión del delito de omisión a la asistencia familiar.
Ahora bien, el 29 de agosto del 2015, se expidió el Decreto Legislativo 1194, que regula el proceso inmediato en casos de flagrancia, fue publicado el 30 de agosto del mismo y entró en vigencia a nivel nacional el 30 de noviembre del referido año. Dicha norma modificó el Código Procesal Penal, en lo concerniente al proceso inmediato. Aquella modificación significó, por así decirlo, como si se tratara de la carlinga de un avión que le permite levantar vuelo; en efecto con la referida norma se reformó el proceso inmediato que venía vigente de tiempo atrás, empero, sin la fuerza legal que significó la indicada norma.
Los resultados de la aplicación de dicha norma, ha tenido un impacto positivo y favorable decantándose en un instrumento normativo eficaz en el racional procesamiento de causas penales bajo el supuesto de flagrancia delictiva, acreditándose, entre otras, en una mayor cantidad de casos resueltos en menor tiempo, se advirtió una notoria descarga procesal en los juzgados penales, se advirtió celeridad; no obstante ello, es aún insuficiente, urge una reforma normativa aún más drástica, por el imperio de la protección a la vida y a los alimentos que corresponde a todo ser humano, ya que ningún obligado puede eludir su responsabilidad de brindar alimentos a su prole.