Proceso de pensión alimenticia en relación con la ley nº 28439, primer juzgado de paz letrado de Huánuco, 2020

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Universidad de Huánuco

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Objetivo: “Determinar el nivel de relación, en el cumplimiento o retardo del proceso de pensión alimenticia para otorgar la pensión de alimentos establecida por la Ley 28439, en el Primer Juzgado de Paz Letrado de Huánuco”. Metodología de la investigación: Su estudio es de tipo básica, con un enfoque holístico, nivel explicativo, diseño correlacional; se aplicó el método descriptivo, como técnica e instrumento de recolección de datos se aplicó la encuesta y cuestionario respectivamente, su muestra está constituida por (jueces, servidores administrativos y abogados litigantes). Resultados: Se determinó el nivel de relación, en el retardo o cumplimiento de la diligencia judicial para poder otorgar, por ley 28439, la pensión de alimentos, en el Primer Juzgado de Paz Letrado de Huánuco. Conclusiones: Se cumple la diligencia judicial para conceder la asignación de alimentos a los niños y adolescentes, a pesar de la demasiada carga procesal existente en esa institución, con lo cual se da cumplimiento a lo normado por la Ley 28439. El 68% de encuestados, manifestaron que el proceso judicial de petición de alimentos concluye con el otorgamiento de sentencias confirmatorias. La demasiada carga procesal, es un factor que obstaculiza el proceso judicial en el otorgamiento de pensión alimenticia a los niños y adolescentes, en el “primer Juzgado de Paz Letrado de Huánuco”.

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Derecho, Pensión, alimentación, Ley 28439

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