Facultad del agraviado de poder acudir en vía de tutela ante el juez de la investigación preparatoria en la zona judicial de Tocache, 2017

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Universidad de Huánuco

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La investigación, es importante tanto para los operadores del derecho, como para la sociedad en general, pues buscó proponer la realización de un acuerdo plenario, con el fin que los Jueces Supremos, regulen la titularidad del recurso de Tutela como facultad de ambas partes, del Imputado y agraviado. Se inició formulándose como objetivo la posibilidad de determinar que el agraviado pueda acudir en vía de tutela ante el juez de la investigación preparatoria en todos los distritos judiciales donde se aplica el nuevo código procesal. En tal sentido, el estudio se realizó proponiendo que regulen la titularidad del recurso de tutela los Jueces Supremos, como facultad de ambas partes, asimismo cabe la posibilidad de plantear la modificación del 71º.4 del Código Procesal Penal, respecto a la facultad que solo se le otorga al imputado. Sabiendo que todas las partes dentro de un procesos penal tienen el derecho a la igualdad procesal, derecho que no solo tiene amparo constitucional, sino que también está garantizado en el Código Procesal Penal, sin embargo, en su artículo 71º inciso 4 del acotado código refiere que el imputado, puede acudir en vía de tutela al Juez de la Investigación Preparatoria para que corrija la omisión o dicte las medidas de protección que correspondan, dejando de esa manera en indefensión a la parte agraviada o perjudicada, ya que cabe la posibilidad de que durante la Investigación Fiscal también no le sean respetados sus derechos al mismo, entre ellos por ejemplo el Derecho del agraviado o perjudicado a la Información y Participación Procesal, prescrito en el inciso 3 del artículo IX del título preliminar de la referida normal procesal. La investigación ha tenido un enfoque mixto, tanto cualitativo como cuantitativo, y de un nivel descriptivo – explicativo, método dogmático e interpretativo y diseño no experimental, la población ha estado conformada por jueces y fiscales especializados en lo penal, de todos los niveles, así como abogados penalistas, además de carpetas fiscales en las cuales se ha solicitado tutela de derechos; la muestra fue no probabilística a intención del investigador. Aplicados los instrumentos a la muestra se ha logro contrastar las hipótesis general, que fue planteada del modo siguiente: Si se modifica el artículo 71º.4 del Código Procesal Penal, respecto a la facultad de acudir no solo el imputado sino también el agraviado entonces se tendrá igualdad dentro de la etapa de la investigación preparatoria en la zona judicial de Tocache, 2017. De los resultados se ha logrado determinar que, si es posible que el agraviado pueda acudir en vía de tutela ante el juez de la investigación preparatoria, conforme al principio de igualdad procesal de las partes.

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Derecho Penal, Agraviado, Vía de Tutela, Investigación

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