EL RIESGO DE LOS BIENES INMUEBLES DECLARADOS PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN Y LA VULNERACIÓN AL DERECHO A LA VIDA
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UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO
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Confore a la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296, son el Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, los autorizados de registrar, declarar y resguardar el Patrimonio Cultural de la Nación. Entendiéndose como tal a toda afirmación del encargo humano material o inmaterial que por su categoría, valor y significado prehistórico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, castrense, social, antropológico, cotidiano, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como dominio de la nación. Actualmente, estos bienes inmuebles vienen perdiendo su valor Urbano-Arquitectónico, lo que se halla en estrecha relación con la deficiente labor de conservación, es decir el detrimento del conjunto urbano-arquitectónico, se debe a la insuficiente inversión, al elevado coste de mantenimiento y al insuficiente personal técnico competente, haciéndose muy exorbitante su reparación y puesta en valor. Esta situación acarrea un grave peligro para las personas que habitan en dichos inmuebles, quienes se ven imposibilitados de realizar refacciones o algún tipo de reforzamiento a las estructuras de estas edificaciones por cuanto el costo es elevado y los procedimientos son complejos, y de otro lado, el Estado que los tiene bajo su cuidado, no realiza dicha función: cuidado, mantenimiento; y tampoco facilita el acceso a fin que los poseedores lo realicen.
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