La prohibición de la terminación anticipada en la etapa intermedia como manifestación del derecho procesal del enemigo en el distrito judicial de Huánuco, 2022

Resumen

La presente tesis se realizó ante la urgente necesidad de no seguir prohibiendo la aplicación de la terminación anticipada en la etapa intermedia, a razón de lo establecido por los Jueces Supremos de lo Penal en el Acuerdo Plenario N.º 05-2009/CJ-116, ya que esto afecta gravemente el beneficio premial de los acusados, el erario público, la sobrecarga procesal del Ministerio Público y del Poder Judicial y el retardo en la administración de la justicia. Con el desarrollo del marco teórico hemos estructurado hipótesis que viabilizan la aplicación de la terminación anticipada en la etapa intermedia, así mismo se han conseguido importantes antecedentes que vienen de larga data postulando la aplicación de la terminación anticipada en la etapa intermedia, y que esto no afectaría su naturaleza jurídica. Por el contrario, prohibir su aplicación en la etapa intermedia lo afectaría, siendo esto una manifestación del derecho procesal del enemigo. A fin de poder demostrar y evidenciar las hipótesis planteadas, hemos elegido como muestra de estudio a fiscales, jueces, abogados penalistas y que, con su apoyo y conocimiento experto en el tema, se pudo corroborar que vía una interpretación sistemática y teleológica se podría aplicar la terminación anticipada en la etapa intermedia, y de esta forma no afectar su naturaleza jurídica, y eliminar estas consecuencias que se vienen dando con su prohibición.

Descripción

Citación

Aprobación

Revisión

Complementado por

Referenciado por

Licencia Creative Commons

Excepto donde se indique lo contrario, la licencia de este ítem se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess