DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN CASOS DE VIOLACIÓN SEXUAL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PERUANO, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO 2015 – 2016

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UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO

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La presente investigación: “Despenalización del Aborto en Casos de Violación Sexual en el Ordenamiento Jurídico Peruano, Provincia de Leoncio Prado 2015 – 2016”, tiene como objetivo principal determinar y analizar los fundamentos técnicos y jurídicos para despenalizar el aborto en casos de violación sexual. Esta investigación permite conocer la importancia que tiene la mujer para decidir libremente si interrumpe o no su embarazo que fue producto de una violación, es decir, la decisión de continuar con su embarazo debe ser libre, respetando el derecho a la maternidad y a su sexualidad reproductiva que el Estado debe garantizar y brindar los medios adecuados para practicarse un aborto cuando se traten de hechos de embarazos no deseados como consecuencia del abuso sexual. Por lo tanto, nuestra legislación debe modificar el artículo 119° del Código Penal y prohibir la punibilidad del aborto cuando el embarazo resulta de un acto de violación sexual, en la medida que si bien es cierto los derechos fundamentales del concebido y de la mujer embarazada se encuentran reconocidos por la Constitución; sin embargo, estos derechos no son absolutos, pues corresponden equilibrase entre sí de acuerdo a nuestra realidad, pues si damos una observancia absoluta al derecho a la vida del feto representaría una anulación de derechos fundamentales de la mujer, tales como el derecho a la salud, el derecho a la libertad sexual y reproductiva, a la planificación familiar, y a la realización de un proyecto de vida, entre otros.

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