El principio de celeridad y de economía en la conciliación extrajudicial de alimentos – Huánuco, 2021
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Universidad de Huánuco
Resumen
Teniendo en cuenta que la conciliación viene a ser un mecanismo
alternativo a la solución de conflictos, el cual debe ser empleado de manera
indispensable antes del inicio del proceso judicial, la conciliación viene a evitar
que el conflicto surgido tenga una solución planteada por ambas partes frente
a un conciliador, resolviendo de manera pacífica, demostrando efectividad al
momento de solución del conflicto, la conciliación es accesible a toda la
población en general, existiendo centros de conciliación gratuitos en las
municipalidades; como también los centro de Conciliación del Ministerio de
Justicia, otro de los beneficios que tiene la conciliación es disminuir la carga
procesal en los juzgados, de esa manera logra fortalecer la autonomía y la
solidaridad entre las partes de la conciliación, la conciliación es un mecanismo
que brinda solución a los conflictos que surjan concernientes a: pensión de
alimentos, tenencia de menores, cumplimiento de pago, indemnizaciones,
desalojo de ocupantes precarios, entre otros conflictos que se encuentren
dentro de la Ley de Conciliación, Ley N° 26872, la conciliación tiene como un
principio fundamental el principio de celeridad y de economía, cuyo principio
se encuentra enfocado en la solución de controversias en un corto plazo,
siendo esta solución máximo en sesiones, siendo económico a diferencia de
los procesos judiciales que son costosos y duran mucho tiempo.
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