Resumen:
En nuestra Constitución Política, respecto a los derechos fundamentales de la persona, establece en su artículo 1, “la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. En consecuencia, queda establecido lo indemne de sus derechos humanos, esta concepción legislativa ha sido plasmada desde una óptica positiva, pero, existe un vacío legal, cuando una persona tiene una enfermedad incurable, de carácter terminal, y nuestro código penal sanciona cuando se atenta contra la vida de una persona, estableciéndose la tipificación en el artículo 112 del código penal, como homicidio piadoso. Pero no ha considerado la posibilidad, de la primacía de la realidad, cuando una persona se encuentra sumamente delicado de salud, con una enfermedad terminal, y que solicita humanamente se le ayude a morir, porque en el ciclo de la vida, está el morir, el cual, es el destino inexorablemente de todos los seres humanos.
Por la presente investigación, que ha tenido como fin primordial, la de describir, exponer, la problemática en salud pública, por parte del Estado, en consecuencia, se hace imprescindible la despenalización del homicidio piadoso para beneficiar a los enfermos terminales, es decir, para las personas que vivían constantemente sufriendo, padeciendo, sin esperanzas de una mejoría en su salud física y mental, que viene a ser una agonía interminable. Y por solidaridad humana es incomprensible, que el Estado y la sociedad no atienda esta urgencia, de clamor de las personas que padecen, sufren de esta agonía, y el vivir de esta manera se vuelve indigna.
En los países con mayor índice de civilidad, se ha legislado sobre la eutanasia o muerte asistida, es decir, que, por parte del Estado y la sociedad, se ha aceptado y despenalizado la sanción penal, en cuanto si se puede ayudar a una persona terminalmente enferma a morir con total dignidad, y respetando su manifestación de voluntad, que se refiere exclusivamente a su derecho constitucional, de la absoluta libertad de tomar decisiones.
La tesis disertada, que tiene por finalidad esencial, la de despenalizar el homicidio piadoso en el territorio peruano, con la intención de ser empáticos y beneficiar a las personas con enfermedades terminales. En la cual, se muestra el incumplimiento de sus obligaciones, por parte del Estado, en su rol de impulsar y darles prioridad a las políticas públicas en salud, las que tienen que ser idóneas y adecuadas, para evitar que aumente el índice potencialmente de personas con enfermedades terminales.
Lo que se pretende a través de este estudio de investigación, es que se proponga una política más acorde, más realista, más idónea, que permita a los enfermos terminales, poner fin a su sufrimiento, trato cruel e inhumano, a través de la despenalización del homicidio piadoso, muerte asistida o la denominada, eutanasia.
La presente tesis queda estructurada en cinco capítulos:
1. Capítulo I: Se plantea el problema de investigación, formulando los objetivos y averiguando con diligencia su trascendencia, así como sus aportes jurídicos.
2. Capítulo II: Presenta el marco teórico, incluyendo una legislación comparada de otros países y los antecedentes de la investigación, sirviendo de base para la hipótesis.
3. Capítulo III: Describe la metodología de investigación, abarcando el tipo, enfoque y técnicas de recolección y análisis de datos.
4. Capítulo IV: Expone los resultados que confirman la hipótesis, concluyendo que el estudio es un aporte valioso para la futura legislación sobre eutanasia en el Perú.
5. Capítulo V: Se establece una Discusión y confrontación de resultados, como un aporte estimado para que se legisle sobre la eutanasia en la República del Perú.