Resumen:
La tesis titulada “Evaluación de la calidad del agua mediante los índices
bióticos BMWP, ASPT y EPT en el río Huancachupa, distrito de Pillco Marca
– Huánuco – 2025.” Se planteó como objetivo Evaluar la calidad del agua
mediante los índices bióticos BMWP, ASPT y EPT en el río Huancachupa,
distrito de Pillco Marca – Huánuco – 2025, La investigación contribuyó a la
sociedad con saberes teóricos y aplicados relacionados con la calidad del
agua, considerando a los macroinvertebrados acuáticos como eje de
evaluación. El estudio se sustentó en antecedentes afines desarrollados en
contextos internacionales, nacionales y locales, con la finalidad de respaldar
y contextualizar nuestro trabajo. Asimismo, la presente investigación adoptó
un enfoque descriptivo y correlacional, empleando una muestra conformada
por 5 estaciones de monitoreo, cada una con 3 réplicas, llevadas a cabo
dentro de la microcuenca del río Huancachupa, en el distrito de Pillco Marca;
de acuerdo con el análisis efectuado, se obtuvieron resultados que fueron
examinados mediante tablas estadísticas y representaciones gráficas,
concluyendo que, a través de la evaluación de los índices biológicos en los
macroinvertebrados acuáticos evidenciaron variaciones espaciales en la
calidad del agua: el punto 4 presentó mejores condiciones ecológicas, con
valores de BMWP/Col (71), ASPT (5.07) y EPT (59%), correspondientes a una
calidad aceptable o buena, mientras que los puntos 1, 2 y 3 mostraron valores
críticos o muy críticos, reflejando un deterioro ambiental asociado a
vertimientos domésticos y actividades agrícolas y analizando los parámetros
fisicoquímicos que por lo general, permanecen dentro de los rangos
establecidos por la normativa, aunque el oxígeno disuelto mostró niveles
reducidos en ciertos tramos. Se concluye que, el río Huancachupa presenta
una calidad de agua fluctuante, con sectores influenciados por actividades
humanas, lo que resalta la necesidad de fortalecer el monitoreo biológico y la
gestión ambiental. Además, los resultados cumplen adecuadamente los
estándares de la categoría 3 para riego y consumo animal establecidos en el
Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM vigente.